Declaración de Renta Valencia

Todo lo que debes de saber al presentarla

La campaña de la renta 2013 arranca también en Valencia y lo hace con la puesta a disposición de los contribuyentes el borrador o los datos fiscales de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por medios telemáticos, a través de la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, a la que se accede a través del portal de la Agencia Tributaria en Internet o en https://www.agenciatributaria.gob.es, según determina BOE y su calendario del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio de dicho ejercicio.

Pero ¿qué debemos de tener en cuenta los valencianos a la hora de hacer la Renta? Para empezar, debes de saber que si en 2013 ganaste hasta 22.000 euros procedentes de un solo pagados o 11.200 si proceden de más de un pagador (siempre que la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales.), no debes de hacer la declaración de la renta. ¡Estás liberado! Si tienes alguna duda, consúltanos si debes o no hacerla.

¿Cómo puedes obtener tu borrador? ¿y quiénes pueden obtenerlo? dbGest, tu gestoría en Valencia, te asesora en este aspecto. Puedes obtenerlo mediante un número de referencia donde los contribuyentes deberán comunicar su número de identificación fiscal (NIF), el importe de la casilla 620 del ejercicio 2012 y el número del teléfono móvil en el que deseen recibir mediante SMS el número de referencia del borrador o de los datos fiscales. También mediante alertas móviles, firma electrónica o por correo ordinario llamando a la misma Agencia Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Si no sabes si puedes o no obtener dicho borrador a la hora de hacer la Declaración de la Renta en Valencia, visita tu gestoría en la ciudad y estaremos encantados de ayudarte.  Debes de tener en cuenta que el borrador dictamina tus rendimientos del trabajo, tus rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención, ganancias patrimoniales, pérdidas patrimoniales, imputación de rentas inmobiliarias y rendimientos de capital mobiliario.

Y ojo, ten en cuenta estas fechas:

- Para confirmar el borrador: por vía electrónica o telefónica a partir del 1 de abril y hasta el 30 de junio de 2014, ambos inclusive. Y por otras vías, del 5 de mayo y el 30 de junio de 2014.

- Plazo de presentación de la declaración: si se efectúa por vía electrónica a través de internet entre los días 23 de abril y 30 de junio de 2014, ambos inclusive. Y si se efectúa por otro medio, entre los días 5 de mayo y 30 de junio de 2014, ambos inclusive.

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