Le informamos de algunas de las principales novedades fiscales que atañen a las gestorías en Valencia y a sus clientes, tanto empresas, profesionales o autónomos y que han entrado en vigor en su mayoría, el 1 de enero de 2014. Asimismo le recordamos algunas obligaciones fiscales de aplicación inmediata:

 
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS:
- Se prorroga para 2014 la aplicación del gravamen complementario a la cuota íntegra estatal en el IRPF y por lo tanto se mantienen los incrementos de la cuota de retención.
- También se mantiene la elevación del 19% al 21% del porcentaje de los pagos a cuenta del art.101 y del art.92.8 de la LIRPF (como los rendimientos del capital mobiliario (intereses); rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos,…) y de los rendimientos de actividades profesionales.
- También se mantiene el tipo de retención del 42% para administradores y miembros consejo administración.
- También prorroga para 2014 la reducción del rendimiento neto de las actividades económicas por mantenimiento o creación de empleo del 20% prevista en el IRPF.
- Se prorroga para 2014 el tratamiento fiscal otorgado a los gastos e inversiones efectuados para habituar a los empleados en la utilización de nuevas tecnologías de la comunicación y de la información en el IRPF y Sociedades.
- El Departamento de Recaudación ha dictado la instrucción 6/2013 que implica la inadmisibilidad, con carácter general, de las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de retenciones e ingresos a cuenta, y sólo podrán concederse en los casos excepcionales previstos en la normativa tributaria.
 
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES:
- Se mantiene la elevación del porcentaje general de retención o ingreso a cuenta, del 19% al 21%.
- Prorroga para 2014 la aplicación del tipo de gravamen reducido por mantenimiento o creación de empleo previsto para las microempresas en el Impuesto sobre Sociedades (el tipo del 20% sobre el tramo de base imponible entre 0 y 300.000 € y para el resto de base el 25%).
- Prorroga para 2014 el tratamiento fiscal otorgado a los gastos e inversiones efectuados para habituar a los empleados en la utilización de nuevas tecnologías de la comunicación y de la información en el IRPF y Sociedades.
- Le recordamos que durante este mes de febrero las sociedades que tengan la opción de hacerlo ( volumen de operaciones en el ejercicio anterior inferior a 6.010.121,04 euros), podrán optar por la modalidad prevista en el art. 45.3 del TRLIS para realizar sus pago fraccionados.
 
IMPUESTO SOBRE PATRIMONIO:
-          Se prorroga durante el ejercicio 2014 la vigencia del Impuesto sobre Patrimonio.
 
 
 
 
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO:
- Amplía el plazo para poder optar al Régimen Especial del criterio de caja en el IVA (RECC) para el año 2014 hasta el 31-03-2014, surtiendo efecto a partir del primer periodo de liquidación que se inicie con posterioridad a la fecha en que se haya ejercido la opción.
Asimismo, les recordamos que los sujetos pasivos no acogidos al RECC pero que sea destinatarios de la operación a la que se aplica dicho régimen especial deberán incluir en el libro registro de facturas recibidas las fechas del pago de la operación con indicación por separado del importe correspondiente e indicar el medio pago, y tendrá que deducirse el IVA en el momento del pago total o parcial del precio, o el 31 de diciembre del año inmediato posterior a aquel en que se haya realizado la operación si el pago no se ha producido.
- A partir del 01-01-2014, las prestaciones de servicios de asistencia social de custodia y atención a niños efectuadas por entidades de Derecho Público o entidades o establecimientos privados de carácter social estarán exentas del IVA, sea cual sea su edad.
- Se eliminan las reglas especiales de devengo del IVA en las transferencias intracomunitarias de bienes, de tal forma que el devengo no se producirá en el momento en que se inicie la expedición o transporte de los bienes en el Estado miembro de origen, sino, conforme a la regla general de devengo de las entregas intracomunitarias de bienes, el 15 del mes siguiente a aquél en el que se inicie dicha expedición o transporte o bien, la fecha de expedición de la factura si ésta fuera anterior.
- Reduce del 21% al 10% el tipo del IVA aplicable a las importaciones de objetos de arte, antigüedades y objetos de colección, así como de las entregas y adquisiciones intracomunitarias de objetos de arte, cuando dicha entrega sea efectuada por sus autores o derechohabientes y empresarios no revendedores con derecho a deducción íntegra del impuesto soportado. La modificación entra en vigor el 26 de enero de 2014.
 
DECLARACIÓN INFORMATIVA DE ENTIDADES EN RÉGIMEN DE ATRIBUCIÓN DE RENTAS:
El plazo de presentación voluntario de la declaración informativa de entidades en régimen de atribución de rentas del año 2013 mediante el modelo 184 finaliza el 28 de febrero.
 
DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCEROS:
El plazo de presentación voluntario de la declaración informativa anual de operaciones con certeros del año 2013 mediante el modelo 347 finaliza el 28 de febrero.
 
 
En DbGest, su asesoría en Valencia, quedamos a su entera disposición para ampliar o detallar la información contenida en la presente circular.
 

 

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