Se ha abierto el plazo de Valencia Activa Emplea 2018: Ayudas a empresas por la contratación indefinida a tiempo completo y la transformación de contratos temporales en indefinidos en Valencia capital.


Se han convocado 2 tipos de subvenciones a empresas y autónomos para la contratación de trabajadores en Valencia. Nuestros asesores laborale han preparado un resumen que os podrá ser de utilidad:

Programa I:  Contratación Indefinida inicial a tiempo completo.

Programa II: Contratación Indefinida a través de la conversión de contratos de duración determinada o temporales en indefinidos a tiempo completo.

El plazo de presentación de las solicitudes finaliza el 17 de Julio de 2018.

Es imprescindible para poder optar a esta ayuda que tanto la empresa como el trabajador estén empadronados en la ciudad de Valencia.

Requisitos:

  • Puede ser beneficiara tanto una persona física (autónomo) o jurídica (S.L. o S.A.) como las Comunidades de Bienes o Sociedades Civiles.
  • El domicilio fiscal tiene que estar en el municipio de Valencia. En caso de que el domicilio fiscal fuera otro y lo trasladaras a valencia debe haber sido con anterioridad al 1 de Enero de 2018.
  • El número de trabajadores de la empresa no sea superior a 49.
  • No haber solicitado u obtenido otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad.
  • No tener ninguna deuda con el Ayuntamiento de Valencia.
  • Justificar cualquier subvención que le haya sido concedida por el Ayuntamiento de Valencia.
  • No haber sido beneficiarios de las Ayudas Valencia Activa Emplea en los ejercicios 2016 o 2017.

Si opta al Programa I, deberá:

  • Suponer la contratación un aumento neto en la empresa con respecto a la media de los doce meses previos a la fecha del contrato por el que se solicita en la subvención.

Si opta al Programa II, deberá:

  • Suponer el mantenimiento del empleo neto en la empresa respecto de la media de los doce meses previos a la fecha de la transformación del contrato por el que se solicita la subvención.
  • El contrato de duración determinada esté vigente en el momento de su transformación.
  • Que la conversión del contrato en indefinido que realice sin que el contrato de duración determinada haya superado su duración máxima.

Exclusiones:

  • Administraciones públicas, sociedades públicas ni entidades vinculadas o dependientes de cualquiera de ellas
  • Asociaciones, fundaciones y demás entidades sin ánimo de lucro.
  • Las empresas que compartan persona administradora y/o socias con otra empresa que ya haya solicitado una ayuda en esta convocatoria
  • Las empresas participadas por personas físicas o jurídicas que hayan solicitado una ayuda en esta convocatoria.

Cantidades:

La cuantía total destinada para la subvención son 400.000€. La cuantía fija, siempre y cuando el contrato esté realizado entre el 29 de junio de 2017 y la finalización del plazo de presentación de solicitudes, será de 5.000. Se incrementa en 6.000 € esa cantidad si cumple alguno de los siguientes requisitos:

  • Haber estado 360 días en los últimos 540 días (18 meses) inscrito como demandante de empleo.
  • Acreditación de un grado de discapacidad de al menos 33%
  • Ser mujer.

También podrá ser incrementada a 7.000€ cuando la persona contratada tenga hasta 30 años.

No será posible presentar más de una solicitud por persona o empresa.

Supuestos excluidos de contratación:

  • Contrataciones que afecten a parientes hasta el segundo grado, por consanguinidad o afinidad y sus análogas en caso de parejas de hecho.
  • Las contrataciones realizadas por las empresas de trabajo temporal
  • Las contrataciones indefinidas que deriven de una sucesión en la titularidad de la empresa o cambio de forma jurídica de esta
  • Las contrataciones de personas trabajadoras fijas-discontinuas.

En el caso de que se opte al Programa I tampoco serán subvencionables:

  • Contrataciones que afecte a personas que durante el año previo a la contratación tuviera participaciones en la sociedad.
  • Contrataciones que, durante el año previo a la contratación, prestara servicios en la empresa mediante un contrato indefinido. 

Requisitos de las personas contratadas:

  • Deben estar empadronadas en el municipio de València durante un periodo mínimo de tres meses previos a la contratación y deberá mantenerse como mínimo hasta la concesión de la ayuda.

En el caso de que se opte al Programa I deberá:

  • Estar en situación de desempleo, y no estar inscrito a ningún régimen de la Seguridad Social durante los dos meses previos a la contratación,
  • Estar inscrito al desempleo como mínimo dos meses con carácter previo a la contratación. 

Facilitamos el enlace de la convocatoria para más información.

Convocatoria Valencia Activa Emplea 2018

Quedamos a vuestra disposición en nuestra asesoría en Valencia para cualquier consulta o aclaración.

Asesoría dbGest.

 

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