El proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado prevé eliminar el pago que hacía el FOGASA de parte de las indemnizaciones por despido.


El art.33.8 del Estatuto de los Trabajadores regula hasta hoy el pago por el FOGASA de una parte de la indemnización por despido (8 días de salario por año) por extinción de los contratos indefinidos celebrados por empresas de menos de 25 trabajadores por despido colectivo, despido objetivo o extinción por las causas previstas en el art.64 de la Ley Concursal.

Sin embargo, el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado prevé, con efectos desde 01-01-2014, la supresión de este artículo, con lo que serán las empresas las que, en caso de tener solvencia, deberán hacerse cargo de la indemnización íntegra.

No obstante, esta medida está pendiente de su publicación definitiva.

 

Para cualquier duda o aclaración pueden contactar con nuestro despacho.

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