SUBVENCIONES PARA FOMENTAR EL EMPRENDIMIENTO A TRAVÉS DEL PROGRAMA DE APOYO AL MANTENIMIENTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO DE MUJERES PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS DESOCUPADAS QUE POSIBILITE EL MANTENIMIENTO DE LA ACTIVIDAD DURANTE LA BAJA MATERNAL.
Las subvenciones solo se concederán para centros de trabajo radicados en la Comunitat Valenciana.
OBLIGACIONES
La contratación será a partir del 1 de enero de 2020 y siempre con carácter previo a la baja maternal de la mujer trabajadora autónoma.
La persona contratada debe estar en situación de desempleo manteniendo la inscripción como demandante de empleo en LABORA Servicio Valenciano hasta su contratación.
La persona contratada no debe mantener con la beneficiaria una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, o su equivalente en el caso de las parejas de hecho.
Mantener la relación laboral con el trabajador cuya contratación
motivó la ayuda al menos durante el periodo subvencionado de 3 o 6 meses.
EXCLUSIONES
Las socias de sociedades mercantiles, cooperativas, sociedades civiles y sociedades laborales, así como las mujeres integrantes de comunidades de bienes y autónomas colaboradoras.
La persona contratada no debe mantener con la beneficiaria una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, o su equivalente en el caso de las parejas de hecho.
CUANTIA
Contratos temporales a jornada completa de al menos 3 meses de duración: 1.500 euros.
Contratos temporales a jornada completa de al menos 6 meses de duración: 3.500 euros.
Los importes indicados en el apartado 1 se incrementarán en 500 euros si se contrata a una persona con diversidad funcional o a una mujer.
Los contratos a tiempo parcial de al menos 30 horas semanales resultarán subvencionables, con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda.
PLAZOS
Finaliza el 1 de octubre de 2020 con fecha límite para solicitudes dos meses después de la contratación