Éstas son las medidas que contiene el Anteproyecto de Ley de Emprendedores que salió del Consejo de Ministros del 24/05/2013.

Recordamos que es un “anteproyecto”, por lo que no se aprobará y entrará en vigor hasta dentro de unos meses:

Medidas de Apoyo a la Iniciativa Emprendedora:

1.  Empresario de Responsabilidad Limitada (ERL)

-  Nueva Figura Mercantil a través de la cual el autónomo no responderá de las Deudas Empresariales con su vivienda habitual, que será inembargable si su valor no supera los 300.000€.
-  La limitación de la responsabilidad No será retroactiva: sólo se aplicará a las deudas nuevas.
-  La limitación no ser aplicará a las deudas de Derecho Público ni cuando el empresario hubiese actuado fraudulentamente o con negligencia grave.

2.  Sociedad Limitada con 1€ de capital social inicial – Sociedad de Formación Sucesiva

-  Se podrán constituir Sociedades con 1€ de capital social inicial, aunque será imprescindible comprometerse a aumentarlo hasta los 3.000€.
-  Habrá límites a la retribución de los socios y administradores.
-  En caso de liquidación, la responsabilidad de los socios será solidaria.


3.  Acuerdo extrajudical de Pagos: Segunda Oportunidad

-   Tendrá un coste proporcional al tamaño de la deuda y será mucho más barato que el concurso actual.
-   Será de aplicación a empresas/autónomos creados antes de la entrada en vigor de la Ley siempre que no se encuentren ya en concurso.
-   Un mediador mercantil, designado por el notario o registrador mercantil encargado, será el encargado del proceso.
-   Podrán pactarse quitas de hasta el 25% y esperas de hasta 3 años, salvo para las deudas de Derecho Público que sólo admiten aplazamiento y las deudas con Garantía Real (como las hipotecas).
-   En el caso de deudas tributarias o con la Seguridad Social, se amplía de 1 a 2 años el plazo que debe mediar entre la notificación del embargo y la realización de la subasta o cualquier otro medio de enajenación cuando afecte a la vivienda habitual.


4.  Puntos de Atención al Emprendedor

-  Se crean los Puntos de Atención al Emprendedor que serán ventanillas únicas para el inicio, ejercicio y cese de la actividad empresarial.
-  Mejora del Sistema de tramitación telemática para la Constitución y puesta en marcha de una actividad empresarial que permitirá realizar los trámites necesarios con Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales.
-  El sistema hace llegar las declaraciones responsables tipo a los Ayuntamientos.

Medidas para el Fomento del Crecimiento Empresarial:

1.  Reducción de cargas administrativas

-  Ampliación de la lista de negocios que podrán abrir sin necesidad de solicitar licencia municipal y elevación de 300 a 500m2 de superficie de los establecimientos que pueden acogerse a “Autolicencia Exprés” (modificación de la Ley de Liberalización del comercio de 26 diciembre 2012).

-  Se amplían los supuestos en que los empresarios podrán asumir la Prevención de Riesgos Laborales sin subcontratar el servicio (hasta 25 trabajadores).

-  Los empresarios no deberán contestar más de 1 encuesta para el INE durante el 1er año de actividad.

-  Reducción de cargas contables: ampliación de posibilidad de formular balance Abreviado y de la no obligatoriedad de elaborar el Estado de Flujos de Efectivo.

-  Legalización telemática de libros Obligatorios en Registro Mercantil

-  Nuevo Libro de Visitas Electrónico.

2.  Acceso de los emprendedores a la Contratación Pública

-  Se facilita el contacto entre pequeños empresarios que quieran crear uniones de empresarios, para lo que se darán de alta en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado.

-  Se elevan los umbrales para la clasificación en los contratos de obras y servicios.

-  Se adecúa el régimen de garantías para la contratación pública a las posibilidades del emprendedor.

-  Sustitución de la documentación acreditativa inicial por una Declaración Responsable.

-  Prohibición expresa de discriminación a favor de contratistas previos.

-  Reducción del plazo de demora en el pago para que el contratista pueda resolver el contrato.

3.  Fomento de la Internacionalización.

Para cualquier duda o aclaración no duden en ponerse en contacto con nosotros.


Anteproyecto de Ley de Emprendedores - Medidas de Apoyo a la Iniciativa Emprendedora y para el Fomento del Crecimiento Empresarial

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