El tipo legal de interés de demora aplicable a las operaciones comerciales durante el primer semestre natural de 2013 será el siguiente:
a) Desde el 01 de enero hasta el 23 de febrero el interés de demora a aplicar será del 7,75%.
b) Desde el 24 de febrero hasta el 30 de junio el interés de demora a aplicar será del 8,75%.