Por fin tenemos buenas noticias: se acaba de confirmar por el Ministro de Sanidad en Rueda de Prensa que la Comunidad Valenciana pasa a la Fase I el lunes.


 
Madrid y el área metropolitana de Barcelona quedan en Fase O pero sí se les permitirá abrir los comercios (no hostelería) sin cita previa, con limitación de aforo como en la Fase I.

En Canarias algunas zonas pasarán a Fase 2.

Os recordamos que las mascarillas son obligatorias en el transporte público y en el documento adjunto tenéis el detalle de las obligaciones y medidas de prevención en negocios.
Es importante que en caso de duda consultéis con vuestra empresa de prevención de riesgos laborales.
 

Medidas en Fase I - Resumen de consulta rápida:

- Posibilidad de desplazarse por toda la provincia.

- Sólo podrán abrir establecimientos comerciales de menos de 400m2 (por el momento si no cambian las condiciones).

- Los establecimientos comerciales podrán abrir SIN cita previa, pero con aforo limitado al 30% y siempre que esto permita mantener la distancia de 2 metros, en caso contrario sólo podrá haber 1 cliente en el establecimiento. Si hay carias plantas se mantendrá este aforo por planta.

- Obligatorio habilitar un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.

- Apertura de mercadillos si lo autoriza el Ayuntamiento en las condiciones que se establezcan por el mismo Ayuntamiento, pero con el límite del 25% de los puestos habituales y el 30% del aforo.

- En el artículo 8 se indican las condiciones de limpieza que debéis leer con detenimiento.

- Se deberá exponer un cartel con el Aforo máximo y distancia obligatoria.
 
Hostelería:  
- Se podrán abrir las terrazas únicamente y con un aforo limitado al 50%. Si el Ayuntamiento permite aumentar el espacio destinado a terraza el 50% será sobre la nueva terraza permitida.
- Se podrán reunir mesas de hasta 10 personas pero manteniendo la distancia de seguridad interpersonal.
Leer su normativa particular que se regula a partir del artículo 12 - capítulo IV.
 
Los establecimientos que ya estaban abiertos durante el Estado de Alarma cumplirán con las medidas que ya venían cumpliendo sin que les afecten estas.

Obras: Sólo se pueden realizar obras en viviendas y locales no habitados donde no haya posibilidad de coincidir con personas ajenas a las obras, por tanto en edificios donde residan vecinos no se pueden hacer obras, solamente urgencias y conexiones de suministros,
 
Enlace a condiciones detalladas de apertura de negocios minoristas, servicios y hostelería en movilidad en Fase I: pinchar aquí  Mañana se publicará una nueva donde se detalla alguna mejora como la apertura general de caza y pesca, pero que en principio no afecta a negocios.

Medidas en Fase 0 - Resumen de consulta rápida:

Debéis leerlo para conocer todas las medidas en detalle.
 
- Se pueden abrir los establecimientos comerciales que tengan menos de 400m2. También los locales de menos de este tamaño dentro de Centros Comerciales.
- Se podrá atender sólo con cita previa (salvo los establecimientos a los que nunca se les ha prohibido abrir durante el Estado de Alarma) y se dará preferencia a mayores de 65 años en su horario de salidas de 10h a 12h y de 19h a 20h.
- Sólo se puede atender a una persona por trabajador a la vez, y garantizando la separación física o si no es posible mediante mamparas o mostradores.
- No se puede habilitar una sala de espera.
- En el caso de hostelería en que se permite recoger la comida en el local, no se obliga a cita como tal pero sí a que se implementen sistemas que eviten aglomeraciones.
- Es obligatorio limpiar y desinfectar 2 veces al día, entre turnos, al terminar de usar objetos de uso común, etc. También facilitar mascarillas y geles desinfectantes a trabajadores, y tener dispensadores de gel desinfectante para los clientes, y habrá que poner marcas con carteles, pegatinas en el suelo, etc que diferencien los canales de acceso o las separaciones entre clientes.
Todo en las condiciones que se explican en el Real Decreto adjunto.
 
- En el caso de peluquerías y otros centros que no permitan mantener la distancia se entregará equipos de protección individual a los trabajadores y el autónomo que trabaje. La distancia entre clientes es -obligatoria.
 
- En tiendas de ropa los probadores se limpiarán y desinfectarán después de cada uso y las prendas deberán ser higienizadas antes de que pueda facilitada a otros clientes.
 
- Hostelería: vienen todas las condiciones detalladas en el capítulo II del pdf adjunto.
 
- Deportistas Federados, Acceso a Archivos públicos o privados: capítulos III y IV.
 
Importante: Sólo se podrá ir a locales en el municipio de residencia, salvo que estos servicios no existan en dicho municipio.
 
Los establecimientos que no habían cerrado durante el Estado de Alarma tendrán que cumplir las medidas de higiene y seguridad del artículo 3 aunque puedan abrir sin cita previa.

Enlace a condiciones Fase O de desescalada: pinchar aquí
 
 
Seguimos informando de novedades según se produzcan. Puedes contactar con tu asesoría en Valencia aquí
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