La Junta de gobierno local del Ayuntamiento de Valencia aprobó el 09 de febrero la Subvención municipal Valencia Activa Emprén i Concilia 2024.


Esta subvención del Ayuntamiento de Valencia para autónomos y personas jurídicas en general está destinada a apoyar la creación de actividad en el municipio de Valencia, aumentando el importe de la ayuda si existe conciliación de la vida laboral y familiar.

¿Quién puede solicitarla la subvención Valencia Activa Emprén i Concilia del Ayuntamiento de Valencia? 

Personas físicas o jurídicas
que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Que hayan comenzado su actividad dándose de alta en Hacienda y Seguridad Social entre el 12 de abril de 2023 y la fecha de presentación de la solicitud.

      Si están dadas de alta en más de una actividad, se tendrá en cuenta la más antigua

  2. En el caso de sociedades y otras personas jurídicas, el alta en el RETA (régimen de autónomos de Seguridad Social) debe ser de la persona administradora.

  3. El local en el que se desarrolle la actividad debe estar en València. Si no dispone de local, el domicilio fiscal deberá estar en dicha ciudad

  4. Que la persona dada de alta en el RETA no haya estado en dicho régimen los 2 meses anteriores a su fecha de alta actual.

  5. Si tienen trabajadores contratados, la media de trabajadores en situación de alta en los 12 meses anteriores a la presentación de la solicitud sea inferior a 10.

  6. Estar al corriente en el pago de sus obligaciones con Hacienda, seguridad social y con el ayuntamiento de València.

Están excluidos:

   - Autónomos colaboradores
   - Personas cuyo inicio de actividad genere alta en mutualidades profesionales o similares en lugar de alta en Seguridad Social.

Importe de la subvención: 2.000€ que podrá aumentarse en 500€ si la persona dada de alta en el RETA a la fecha de finalización del plazo de la solicitud cumple alguno de estos supuestos:

   - Tenga hijo/as menores hasta 12 años.

   - Tenga familiares dependientes a su cargo, sea o no cuidador profesional. Hasta el 1º grado de consanguinidad o afinidad.

      - Acredite tener alguna persona trabajadora que disfrute en su empresa de medidas de conciliación de la vida laboral o familiar por tener hijos/as menores hasta   12 años o familiares dependientes a su cargo, hasta el 1º grado de consanguinidad o afinidad.

Presupuesto total: 2.800.000 €

En caso de no haber suficiente crédito presupuestario podrá concederse una cuantía inferior a 2.000€ para así concederla al mayor número de personas solicitantes, pero nunca inferior a 500€.

Obligaciones de las personas beneficiarias:

   - Mantener el alta en el RETA de la persona que solicito la subvención durante 12 meses ininterrumpidamente, como mínimo, a partir del día siguiente de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

   - Cumplir las obligaciones tributarias y de seguridad social

 

Plazo de presentación: 20 días naturales desde el siguiente al de la publicación en el BOP (Pendiente de publicación).

Si necesitas ayuda con el trámite o más información no dudes en contactar con tu asesoría en Valencia dbGest

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