Asesoría dbGest te informa de que se ha publicado nueva Subvención del Ayuntamiento de Valencia destinada a Comercios de la ciudad de Valencia.
Se ha publicado una nueva subvención para fomentar la actividad comercial en la ciudad de Valencia, destinada a ayudar a pagar gastos derivados de la actividad. Te resumimos condiciones y requisitos.
Condiciones de la subvención a Comercios Valencia 2021
Esta subvención está dirigida a Comercios de autónomos y pequeñas empresas de la ciudad de Valencia, también quienes tengan forma jurídica de sociedad, cooperativa, sociedad civil o comunidad de bienes.
Importe: Se subvencionarán dede 500€ hasta 6.000€ de los gastos corrientes de la actividad que se puedan justificar con factura y comprobante de pago bancario.
Gastos subvencionables:
- Alquiler del local comercial
- Realización de cursos de formación comercial no reglada, de carácter específico, para mejorar la calificación profesional, del empresario y del personal contratado.
- Participación en plataformas individuales o conjuntas de comercio electrónico.
- Marketing empresarial: estudios de mercado, análisis de oferta y demanda, encuestas, evaluación de satisfacción de clientes…
- Gastos tendentes a definir, mejorar o difundir la identidad corporativa, tales como los derivados del diseño de nombres, marcas, logotipos…
- Servicios de asesoramiento o consultoría.
- Gastos derivados de suministros de energía, agua, teléfono e internet.
- Cuotas de seguros de responsabilidad civil del local comercial derivadas del ejercicio de la actividad comercial.
Plazo de solicitud hasta el 04 de marzo de 2021
Requisitos:
- Se autónomo o pequeña empresa- Estar dado de alta en la seguridad social y encontrarse al corriente pago con esta.
- Que realice una actividad comercial comprendida entre los siguientes códigos de actividad IAE:
*Agrupación 64: Comercio al por menor de productos alimenticios realizado en establecimientos permanentes.
Se exceptúan:
- El grupo 646, comercio de tabacos y artículos de fumador.
- El epígrafe 647.5, productos alimenticios y bebidas en máquinas.
*Agrupación 65: Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes.
Se exceptúan:
- El grupo 655, comercio de combustibles, carburantes y lubricantes.
- El epígrafe 652.1, farmacias.
*Agrupación 97: Servicios personales.
Se exceptúa:
- El epígrafe 973.2, máquinas automáticas, fotográficas y fotocopiadoras.
En vuestra asesoría en Valencia quedamos a vuestra disposición para ayudaros o informaros sobre el trámite, contacta con nosotros