Abierta la convocatoria de la subvención PRE-SEED 2023 del Ayuntamiento de Valencia, una nueva subvención para empresas emergentes con proyectos innovadores
El BOP de Valencia nº188 publicó la Convocatoria de las ayudas a empresas emergentes PRE-SEED 2023 del Ayuntamiento de Valencia, dirigidas a la subvención de los proyectos y gastos corrientes de las Startups valencianas e incentivar su desarrollo desde la etapa inicial y evolucionar el proyecto que se inició como una idea.
Como asesoría en Valencia experta en Startups os resumimos los requisitos de esta nueva subvención esperando que podáis optar a ella.
Las empresas beneficiarias deberán ofrecer soluciones, productos, servicios e iniciativas y promover el dinamismo innovador y tecnológico.
Importe máximo a conceder por subvención: 15.000€
(os informamos de que el crédito presupuestario es de 480.000€, así que si se da el máximo a cada empresa sólo podrán subvencionarse 32 startups)
Son beneficiarias de esta subvención las startups o empresas emergentes. Se considera empresa emergente a todas las personas jurídicas, que reúnan estos requisitos:
1. Ser una empresa nueva o que no tenga más de 5 años desde su inscripción en el Registro mercantil, o de 7 en caso de empresas de biotecnología, energía, industriales y otros sectores que hayan desarrollado tecnología propia diseñada en España.2. No surgir de una fusión escisión o transformación de empresa que no sean emergentes.
3. No distribuir dividendos
4. No cotizar en mercado regulad
5. Tener la sede, domicilio social o establecimiento es España.
6. Tener el 60% de la plantilla con contrato en España
7. Desarrollar un proyecto innovador que cuente con un modelo de negocio escalable.
Requisitos para la obtención de la subvención PRE-SEED 2023:
- Que la actividad haya comenzado entre el 1 de enero de 2020 y 12 meses antes de que finalice el plazo para la presentación de instancias.
- Tener el domicilio fiscal en Valencia capital
- Acreditar los gastos subvencionables
- Estar al corriente de las obligaciones con la AEAT y con el Ayto. de Valencia, así como no estar incursa en prohibiciones ni haber sido condenada por sentencia firme.
- Haber justificado las subvenciones solicitadas con anterioridad y no haber incurrido en declaraciones falsas para obtener información
- Pertenecer a algunos de estos sectores:
* Agrotech/foodtech
* Cleantech/Energy/Sustainability
* Finetech/Insurtech/Legaltech/ Industry 4.0
* Gaming / Entertainment / eSports/Web 3/Metaverse
* Health / ellbeing / Medtech
* Logistic / Mobility / automotive
* Traveltech / Tourism
* Govtech/Smart City
* Talent / Recruiting / Edtech
* Social Impact
Gastos subvencionables:
1. Gastos del personal de la empresa (sin que pueda superar el 25% de la subvención concedida)
2. Subcontrataciones de servicios a terceros para realizar actividades previstas en el proyecto, sin poder superar el 50% del importe subvencionado.
3. Acciones dirigidas a la realización de programas de marketing y comercialización que mejoren la posición en el mercado como:
- Análisis e investigación de mercados
- Desarrollo de tareas de comunicación comercial
- Consultoría y asesoramiento para realizar los planos de marketing
- Mejorar la identidad corporativa
- Implantar soluciones y servicios tecnológicos que mejoren la difusión y comercialización de los productos y servicios por Internet.
- Fomentar las redes empresariales y potenciar las existentes.
- Arrendamiento de locales que se destinen exclusivamente al ejercicio de la actividad y de equipos para el desarrollo de la misma.
- Realizar publicidad por medios de comunicación
- Elaborar planes estratégicos, de marketing, financieros, etc.
4. Acciones dirigidas a la generación de nuevos productos o servicios y mejorar los existentes:
- Implantar sistemas de calidad
- Sistemas para mejorar tareas de gestión empresarial que estén basadas en el programari ERP (planificación de recursos empresariales).
Para que se puedan subvencionar estos gastos es necesario que:
- Que sean facturas emitidas desde el 1 de enero de 2022 hasta la fecha de presentación de la solicitud.- Que los gastos se justifiquen con factura y con el justificante bancario de pago. No se admite realizar pagos en efectivo.
- Nunca el coste de los gastos podrá ser superior al del valor del mercado.
Será necesario mantener la actividad económica durante 12 meses a partir de la fecha de finalización de presentación de solicitudes.
Plazo de presentación de solicitudes: hasta el día 17 de octubre de 2023.
En vuestra asesoría en Valencia dbGest quedamos a vuestra disposición si necesitáis ayuda con el trámite, contacta con nosotr@s.
Os dejamos el enlace a la convocatoria aquí