(Ley 13/2012, de 26 de diciembre, de lucha contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social)
- Los empresarios que contraten o subcontraten con otros la realización de obras o servicios correspondientes a la propia actividad de aquellos deberán comprobar que dichos contratistas están al corriente de pago de las cuotas de la Seguridad Social, al efecto, recabarán por escrito, certificación negativa por descubiertos en la Tesorería General de la Seguridad Social.
En caso contrario durante los tres años siguientes a la terminación de su encargo, responderá solidariamente de las obligaciones referidas a la Seguridad Social contraídas por los contratistas y subcontratistas durante el período de vigencia de la contrata.
De las obligaciones de naturaleza salarial contraídas por los contratistas y subcontratistas con sus trabajadores responderá solidariamente durante el año siguiente a la finalización del encargo.
- Se equiparan a no facilitar datos las comunicaciones fuera de plazo de dichos datos, certificados y declaraciones que estén obligados a proporcionar – comunicación de partes de trabajo, confirmación de alta y baja…-, por lo que recordamos la importancia de entregar la documentación a tiempo para poder realizar las comunicaciones y evitar con ello que la empresa sea sancionada.
- Será infracción muy grave dar ocupación a los trabajadores afectados por la suspensión de contratos o reducción de jornada en el periodo de aplicación de las medidas de suspensión o en el horario de reducción de jornada comunicado a la autoridad laboral.
- Será infracción grave en los supuestos de suspensión o reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, que no se comuniquen las variaciones sobre el calendario inicial de los días de suspensión o de reducción de jornada.
- Se endurecen las sanciones por falta de alta de los trabajadores y no ingresar las cuota de la seguridad social descontada a los trabajadores.
Para cualquier duda o aclaración no duden en ponerse en contacto con nuestro despacho.