El Consell de la Comunitat Valenciana ha aprobado un nuevo Decreto Ley 12/2024 que establece medidas fiscales de apoyo para personas afectadas por las inundaciones de octubre de 2024 en Valencia.


En dbGest, vuestra asesoría en Valencia, seguimos al lado de los afectados ofreciendo información actualizada de las nuevas medidas publicadas:

Beneficiarios:

  • Personas físicas y jurídicas que tengan su domicilio fiscal en los municipios afectados.
  • Titulares de bienes muebles en los municipios afectados (aunque no tengan el domicilio fiscal en dichas áreas).
  • Quienes acrediten que el temporal les ha dificultado cumplir con sus obligaciones fiscales.


Principales medidas fiscales aprobadas por el Decreto Ley 12/2024:

1. Extensión de plazo de presentación y pago de impuestos hasta el 31 de enero de 2025:

Para los impuestos que se tuvieran que presentar y/o pagar entre el 28 de octubre y el 31 de diciembre de 2024:

  • Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
  • Los tributos sobre el juego
  • Impuesto sobre Actividades que inciden en el Medio Ambiente 


2. Deducciones en el IRPF:

Deducción por Gastos de Reparación en Vivienda Habitual en 2024 y 2025:

  Deducción del 100% hasta 2.000 euros en gastos de reparación no cubiertos por seguros, para contribuyentes con ingresos menores de 45.000€  en renta individual o 60.000€  en renta conjunta.

  El pago debe haberse realizado por transferencia, tarjeta, cheque, bizum (no válido para pagos en metálico).

Deducción por Inversión en Empresas Locales:

  Deducción del 45% con un máximo de  9.900€,  de las aportaciones/inversiones a empresas de las que seas socio situadas en áreas afectadas, y que mantengan su actividad y la condición de socio durante los tres años siguientes

  No válido para inversión en empresas patrimoniales.

  En el caso de no poder aplicar la totalidad de las deducciones en la declaración de Renta del año en que se genere dicho gasto o inversión, el importe no deducido podrá trasladarse a los cuatro periodos impositivos siguientes.
 

3. Bonificación en Impuesto de Sucesiones: 

  Para el caso de fallecidos en el temporal, a sus herederos familiares hasta III grado (tíos y sobrinos) se les aplicará una bonificación del 50% en el impuesto sobre sucesiones.
 

4. Reducción de impuestos a las Donaciones recibidas por afectados por el temporal:

  • Reducción del 100% (con un límite de 150.000€ por contribuyente) en donaciones recibidas entre el 29 de octubre de 2024 y el 31 de diciembre de 2025 destinadas a reparar bienes dañados. 
  • Reducción del 100% (con un límite de 150.000€ por contribuyente) en donaciones recibidas entre 29 de octubre de 2024 y 31 de diciembre de 2026 para adquirir una nueva vivienda habitual en caso de destrucción de la anterior.
  • Reducción del 100% (con un límite de 250.000€ por contribuyente) en donaciones entre el 29 de octubre de 2024 y el 31 de diciembre de 2025,  para la adquisición de bienes afectos a la actividad o negocio para autónomos, que hayan sido afectados por el temporal.

Los bienes o importes recibidos deberán destinarse a las finalidades previstas en el plazo de 1 año.

5. Exenciones en impuestos por compra de inmueble y vehículos :de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD):

   Bonificación del 100% del Impuesto de Transmisiones patrimoniales (ITP y AJD) por la compra de inmuebles o vehículos que sustituyan a bienes dañados.

   Las compras entre el 29 de octubre de 2024 y el 31 de diciembre de 2026.

   Exención en documentos notariales para compra de inmuebles afectados.

6. Exoneraciones en impuestos especiales de bingos y máquinas recreativas:  

   Bonificación del 100%  en impuestos para suspender o dar de baja la autorización de la explotación  de máquinas recreativas y bingos afectados por el temporal.

   Deberá presentarse la comunicación en el plazo de un mes a partir del 13 de noviembre de 2024.

   Bonificación del 100% en las tasas para duplicados de documentación o cambio de las maquinas afectadas por el temporal.

7. Reducción de factura del Agua:

  Exención en las cuotas del canon de saneamiento incluidas en los consumos de agua realizados entre el 29 de octubre de 2024 y el 31 de marzo de 2025, para los municipios afectados.


¿Has sido afectado por la DANA? Contacta con tu asesoría en Valencia aquí y te ayudaremos con la tramitación de ayudas para que aproveches todas las ayudas posibles y puedas volver a la normalidad lo antes posible

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