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El 24 de diciembre se publicaron en el BOE los Presupuestos Generales del Estado para 2023. Nuestro equipo de asesores fiscales en Valencia os resumen las principales novedades fiscales de los PGE 2023:

Interés de demora 2023: 4,0625%

IPREM 2023: 20€ diario, 600€ mensual, y 7.200€ anuales


Desde el 01/01/2023 y vigencia indefinida, se introducen las siguientes modificaciones fiscales:

IRPF:

El límite para estar obligado a declarar pasa de 14.000€ a 15.000€ si hay más de 1 pagador.

Autónomos en Estimación Directa:

En el cálculo del rendimiento de actividades económicas, los gastos de difícil justificación pasan del 5% al 7%


Autónomos en Módulos – Estimación Objetiva:

  • Se prorrogan los límites excluyentes para aplicar la estimación objetiva.
  • Nuevo plazo para renunciar al régimen de estimación objetiva hasta el 31/01/2023
  • Se podrá aplicar una reducción del 10% al rendimiento neto obtenido en 2023.


Tipo de gravamen de la base del ahorro se incrementa:
Esto afecta a rendimientos de capital mobiliario (dividendos, intereses de cuentas…) y ganancias patrimoniales, quedando como sigue:

Hasta 6.000€ ……………..……   tipo  19%

de 6.001€     a 50.000€……..  tipo 21%

de 50.001€   a 200.000€…..   tipo 23%

de 200.001€ a 300.000€…..   tipo 27%

A partir de 300.001€………….   tipo 28%


Deducción de maternidad:

  • Se podrá acoger a quien adopte o acoja
  • Amplía a las madres que estén cobrando el paro o prestaciones asistenciales de desempleo en el momento del nacimiento
  • Amplía a quien empiece a trabajar posteriormente siempre que trabaje y cotice durante 30 días. El mes en que se cumpla ese periodo de cotización se incrementará en 150€.
  • Una vez cumplidos cualquiera de los requisitos anteriores, se mantiene el derecho a seguir percibiendo esta deducción hasta que el menor alcance los tres años de edad.

Retención de IRPF en nómina de los trabajadores: En Enero de 2023 la retención será de acuerdo a las normas de 2022, por lo que las retenciones de las nóminas se reducirán en febrero de 2023

La reducción por Rendimientos del Trabajo del artículo 20 LIRPF se aplicará a rentas más elevadas, hasta 19.747,50€ y se aumentan los importes de reducción.

Límites de reducción en la base imponible de las aportaciones a sistemas de previsión social. Esto se podrá aplicar siempre que la empresa hubiera realizado contribuciones en nombre del trabajador, y el límite será el menor de:

  • El 30% de la suma de rendimientos del trabajo y actividades profesionales
  • 500€, que se incrementará hasta en 8.500€ según la cantidad aportada por la empresa.

Imputación de Rentas Inmobiliarias: se aplicará el 1,1% si el valor catastral de los inmuebles ha sido revisado mediante un procedimiento general de revisión a partir del 01 de enero de 2012

Rendimientos procedentes de la propiedad intelectual y de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas, y de anticipos de derechos de autor

La retención pasa del 15% al 7% cuando no se hayan obtenido ingresos superiores a 15.000€ y no suponan más del 75% de los ingresos totales del contribuyente.


IVA
:

Modificación de Base Imponible por créditos incobrables de clientes:

  • se reduce el importe mínimo de 300€ a 50€
  • se elimina la necesidad de requerimiento notarial, siendo suficiente cualquier prueba de la reclamación
  • Se aumenta el plazo para emitir factura rectificativa de 3 a 6 meses después del transcurso de los 6 meses desde el impago.

Modificaciones en los supuestos de inversión de sujeto pasivo:

  • Entregas de desechos, desperdicios de plástico y de textil, efectuadas a favor de empresarios o profesionales
  • Se excluye en los servicios de arrendamientos de bienes inmuebles sujetos y no exentos y de intermediación prestados por no residentes.

Reducción del IVA al 4% de productos de higiene íntima y anticonceptivos (preservativos por ejemplo).

Se modifica la regla de “uso efectivo” en relación al lugar de realización de las prestaciones de servicios (art.70.Dos LIVA) y dejará de aplicarse a servicios de intermediación, telecomunicaciones, prestados por vía electrónica, radiodifusión y televisión dirigidos a empresarios o profesionales.

 

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES: 

Rebaja del tipo del 25% al 23% a partir de 2023 a pymes que facturen menos de 1 millón de euros.
*Hay otras rebajas para las Startups o empresas emergentes, que se informarán en otra circular informativa con más detalle.

La nueva Ley sobre la Banca introduce un Incremento del límite de la deducción por inversiones en producciones cinematográficas y series audiovisuales españolas y extranjeras, unas con efectos de 2021 y otras a partir de 2023.


IMPUESTO SOBRE PATRIMONIO:
 

La Ley sobre el nuevo impuesto a la banca incluye una modificación en el Impuesto de Patrimonio: Los no residentes con participación en sociedades que tienen inmuebles en España deberán tributar por el Impuesto de Patrimonio por obligación real.

IAE:

Se introducen nuevos epígrafes de IAE relacionados con servicios telefónicos, oficina flexible o centro de negocios coworking, y para identificar nuevas actividades profesionales y artísticas.


En dbGest asesoría en Valencia estamos a vuestra disposición para cualquier consulta, cálculo o planificación que necesitéis realizar, contáctanos 

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