El Gobierno ha aprobado un paquete de medidas de apoyo a los afectados por la DANA en Valencia y resto de territorios afectados contenidas en el RDL 6/2024
Desde dbGest, vuestra asesoría en Valencia, seguimos a disposición de los afectados por la DANA en Valencia para cualquier trámite que podáis necesitar.
Os resumimos las principales medidas publicadas ayer en el BOE para los afectados y nos ponemos a vuestra disposición para asesoraros sobre los detalles y requisitos más concretos así como para ayudaros en su tramitación:
- Abono de indemnizaciones del Consorcio de compensación de Seguros:
Empezará a pagar hoy indemnizaciones por pérdida de vehículo
No cobrarán la franquicia estipulada en el seguro de establecimientos comerciales, industriales y mercantiles
- Las ayudas recibidas serán inembargables.
Medidas laborales
(para empresas y autónomos con domicilio en los municipios afectados)
- Trabajadores: podrán pedir la baja médica por daños físicos o psicológicos provocados por la DANA cobrando el 75% del salario desde el primer día.
- ERTEs: las empresas con centros de trabajo o vehículos en el caso de empresas de transporte, en dichos municipios, pueden hacer un ERTE por fuerza mayor con bonificación del 100% de cotizaciónempresarial de noviembre 2024 a febrero 2025.
- Obligación de cotización:
- Se amplía 1 mes el plazo de ingreso de cotizaciones.
- Se puede solicitar moratoria de hasta 1 año sin interés en el pago de cotizaciones a la Seguridad Social que debieran pagarse entre noviembre/24
y marzo/25.
- Alternativamente se puede solicitar aplazamiento (con 0,5% interés) en los mismos periodos.
- Suspensión de los procedimientos recaudatorios en curso hasta 28/02/2025.
- Suspensión y ampliación de plazos en trámites con seguridad social, incluidas bajas y variaciones de trabajadores.
- Autónomos:
periodo consumido para futuras prestaciones.
inmediatamente tras la finalización de la prestación.
día.
Medidas fiscales
(para Particulares y Empresas de reducida dimensión con domicilio fiscal en los municipios afectados)
- Extensión de plazo para presentación y pago de declaraciones hasta el 30/01/2025 y concesión de aplazamientos por 24 meses a partir de esa fecha a tipo 0% durante 6 meses.
- Extensión de plazo hasta 30/01/2025 para contestar requerimientos, presentar recursos y cualquier trámite que estuviera pendiente a 28/10.
- Aplazamientos vigentes: se concede una demora en el pago de dichos aplazamientos hasta 05/02/2025.
- Extensión de plazo para empresas que presenten SII hasta el 16/12/2024.
- Reducción del IAE de 2024 para empresas
- Exención del IBI
- Tasas 0€ para baja de vehículos y solicitud de nuevo DNI y permiso de conducir.
- Reducción en el IRPF para explotaciones y actividades agrarias.
Catastro:
Exención en las tasas de acreditación catastral por la expedición de certificaciones sobre inmuebles ubicados en los municipios afectados.
Ayudas directas por daños personales y materiales:
Las siguientes cantidades son máximas, y dependerán de los daños sufridos:
- Por incapacidad absoluta y permanente y por fallecimiento: 72.000€
- Por destrucción total de la vivienda habitual: 60.480€
- Por daños estructurales en la vivienda habitual: 41.280€
- Por daños que no afecten a la estructura de la vivienda habitual: 20.640€
- Daños en los enseres domésticos de primera necesidad de la vivienda habitual: 10.320€
- Daños en elementos comunes de Comunidades de Propietarios: 36.896€
- Ayudas de 5.000€ para autónomos y entre 10.000 y 150.000€ para empresas a cobrar en menos de un mes.
- Aumento del 15% del Ingreso Mínimo Vital y las pensiones durante 3 meses a los afectados los venían cobrando.
Para solicitarlas pincha en este link o llámanos para ayudarte a tramitarlo.
Financiación:
Se aprueba la concesión de préstamos ICO avalados por el Estado.
Hipotecas: se podrá posponer el pago 3 meses y pedir carencia de 9 meses (pagando sólo intereses).
Suspensión de plazos:
Suspensión de los plazos judiciales en la provincia de Valencia entre el 30/10 y el 10/11.
Suspensión de plazos de prescripción y caducidad de cualquier acción y derecho entre del 30 /10 y 10/11 a quienes tengan domicilio en los municipios afectados.
¿Eres afectado? Contacta aquí con nuestra asesoría en Valencia y te ayudaremos