El Gobierno ha aprobado un paquete de medidas de apoyo a los afectados por la DANA en Valencia y resto de territorios afectados contenidas en el RDL 6/2024


Desde dbGest, vuestra asesoría en Valencia, seguimos a disposición de los afectados por la DANA en Valencia para cualquier trámite que podáis necesitar.

 Os resumimos las principales medidas publicadas ayer en el BOE para los afectados y nos ponemos a vuestra disposición para asesoraros sobre los detalles y requisitos más concretos así como para ayudaros en su tramitación:

- Se aprueba la declaración de “Zona gravemente Afectada”

- Abono de indemnizaciones del Consorcio de compensación de Seguros:

   Empezará a pagar hoy indemnizaciones por pérdida de vehículo

   No cobrarán la franquicia estipulada en el seguro de establecimientos comerciales, industriales y mercantiles

- Las ayudas recibidas serán inembargables.

Medidas laborales

(para empresas y autónomos con domicilio en los municipios afectados)

  • Trabajadores: podrán pedir la baja médica por daños físicos o psicológicos provocados por la DANA cobrando el 75% del salario desde el primer día.
  • ERTEs: las empresas con centros de trabajo o vehículos en el caso de empresas de transporte, en dichos municipios, pueden hacer un ERTE por fuerza mayor con bonificación del 100% de cotizaciónempresarial de noviembre 2024 a febrero 2025.
  • Obligación de cotización: 
           - Ampliación del plazo para presentar seguros sociales de septiembre no presentados durante el mes de noviembre sin recargo.
           
           - Se amplía 1 mes el plazo de ingreso de cotizaciones.

           - Se puede solicitar moratoria de hasta 1 año sin interés en el pago de cotizaciones a la Seguridad Social que debieran pagarse entre noviembre/24
             y marzo/25.   

           - Alternativamente se puede solicitar aplazamiento (con 0,5% interés) en los mismos periodos.

           - Suspensión de los procedimientos recaudatorios en curso hasta 28/02/2025.

           - Suspensión y ampliación de plazos en trámites con seguridad social, incluidas bajas y variaciones de trabajadores.

  • Autónomos:
   - Podrán solicitar la prestación por cese de actividad aunque no tengan cotizado el periodo mínimo de 12 meses y no se descontará como 
     periodo consumido para futuras prestaciones.
 
   - En caso de cese temporal de la actividad, si tenías bonificaciones como la tarifa plana, podrás seguir disfrutándola si realizas de nuevo el alta  
     inmediatamente tras la finalización de la prestación.
 
   - Pueden pedir la baja médica por daños físicos o psicológicos provocados por la DANA cobrando el 75% de su base de cotización desde el primer 
      día.

Medidas fiscales

(para Particulares y Empresas de reducida dimensión con domicilio fiscal en los municipios afectados)

  • Extensión de plazo para presentación y pago de declaraciones hasta el 30/01/2025 y concesión de aplazamientos por 24 meses a partir de esa fecha a tipo 0% durante 6 meses.
  • Extensión de plazo hasta 30/01/2025 para contestar requerimientos, presentar recursos y cualquier trámite que estuviera pendiente a 28/10.
  • Aplazamientos vigentes: se concede una demora en el pago de dichos aplazamientos hasta 05/02/2025.
  • Extensión de plazo para empresas que presenten SII hasta el 16/12/2024.
  • Reducción del IAE de 2024 para empresas
  • Exención del IBI
  • Tasas 0€ para baja de vehículos y solicitud de nuevo DNI y permiso de conducir.
  • Reducción en el IRPF para explotaciones y actividades agrarias.

Catastro:

Exención en las tasas de acreditación catastral por la expedición de certificaciones sobre inmuebles ubicados en los municipios afectados.

Ayudas directas por daños personales y materiales:

Las siguientes cantidades son máximas, y dependerán de los daños sufridos:

  • Por incapacidad absoluta y permanente y por fallecimiento: 72.000€
  • Por destrucción total de la vivienda habitual: 60.480€
  • Por daños estructurales en la vivienda habitual: 41.280€
  • Por daños que no afecten a la estructura de la vivienda habitual: 20.640€
  • Daños en los enseres domésticos de primera necesidad de la vivienda habitual: 10.320€
  • Daños en elementos comunes de Comunidades de Propietarios: 36.896€
  • Ayudas de 5.000€ para autónomos y entre 10.000 y 150.000€ para empresas a cobrar en menos de un mes.
  • Aumento del 15% del Ingreso Mínimo Vital y las pensiones durante 3 meses a los afectados los venían cobrando.

      Para solicitarlas pincha en este link o llámanos para ayudarte a tramitarlo.

Financiación:

Se aprueba la concesión de préstamos ICO avalados por el Estado.

Hipotecas: se podrá posponer el pago 3 meses y pedir carencia de 9 meses (pagando sólo intereses).

 

Suspensión de plazos:

Suspensión de los plazos judiciales en la provincia de Valencia entre el 30/10 y el 10/11.

Suspensión de plazos de prescripción y caducidad de cualquier acción y derecho entre del 30 /10 y 10/11 a quienes tengan domicilio en los municipios afectados.


¿Eres afectado? Contacta aquí con nuestra asesoría en Valencia y te ayudaremos 

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